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Modernizarán norma sobre higiene, seguridad ocupacional y bienestar

El Diario Para enfrentar desafíos actuales Modernizarán norma sobre higiene, seguridad ocupacional y bienestar • El instrumento legal obliga al Estado a velar por la salud y protección física y mental de los trabajadores. La Ley de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar será modernizada, porque el instrumento legal 16998 data de hace 29 años y no contempla varios aspectos de la realidad actual. La reforma será efectuada gracias a la cooperación técnica del Ministerio de Trabajo de España y consistirá en poner en consenso nuevas reglas en la legislación nacional sobre el tema. El Consejo Nacional de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar inició hace poco las gestiones para socializar la redacción de una nueva norma. De acuerdo con Enrique Ariza, miembro de la misión de cooperación española, la Ley 16998 de Seguridad, Higiene Ocupacional y Bienestar, promulgada el 2 de agosto de 1979, legisla el cumplimiento de la prevención y protección de los trabajadores, en caso de accidentes o enfermedad profesional. La normativa vigente obliga al Estado a velar por la salud e integridad física y mental de los trabajadores, porque el recurso humano es el principal factor para la producción. El instrumento legal establece que seguridad industrial u ocupacional es el conjunto de procedimientos y normas de naturaleza técnica, legal y administrativa, orientado a la protección del empleado de los riesgos contra su integridad física y sus consecuencias, así como mantener la continuidad del proceso productivo y la intangibilidad patrimonial del centro de labor. El objetivo de la modificación de la norma es su modernización y que se adecúe a los cambios actuales, reconociendo y dando prioridad a la salud física y mental del trabajador en un ambiente de desempeño digno. Otros conceptos que serán incluidos se refieren a los principios de la prevención, la protección, la integridad y la responsabilidad en las fuentes de trabajo. Según Ariza, “el Gobierno, a través del Ministerio de Trabajo, ha visto la necesidad de revisar la normativa de seguridad e higiene ocupacional para mejorarla y ponerla a disposición de los trabajadores de Bolivia”. El funcionario ibérico recordó que las normativas internacionales recomiendan que los contenidos modernos en este tipo de reglamentación deben servir para generar nuevos repartos de competencias, entre la administración pública, los sindicatos y los empresarios para la gestión de la seguridad y la salud en la fuente laboral. En la evaluación de las infracciones cometidas el pasado año, el especialista en derecho laboral Rodrigo Montellano dijo que la mayoría de las empresas que fueron inspeccionadas en 2007 cometieron infracciones en cuanto a medidas de seguridad industrial y derechos laborales. El experto manifestó que entre las contravenciones a las normativas nacionales de compañías “industriales o de servicios generalmente están las falta de medidas de prevención contra incendios que no están en lugares adecuados y de ausencia de señalizaciones en las conexiones eléctricas”. Las observaciones a las empresas y empleadores fueron efectuadas en el “Taller de capacitación a trabajadores, empleadores y funcionarios del Ministerio de Trabajo en materia laboral”, que tuvo el objetivo de capacitar en materia de seguridad e higiene. Como parte del encuentro se reveló que decenas de empresas incumplen también con la dotación de ropa de trabajo, además de que los dueños no velan por las medidas de seguridad, si los obreros cuentan con cascos y protectores auditivos o si los extinguidores están en puntos estratégicos y si se encuentran con toda su capacidad. Las infracciones son claras, sin que los empleadores cuenten con el cien por cien de las medidas exigidas por ley, exponiendo a riesgos innecesarios a sus trabajadores. Frente a tal situación y de manera periódica, los responsables técnicos del Ministerio de Trabajo, Montellano recomendó que las inspecciones programadas sean intensificadas para que las infracciones sean revertidas. En caso de incumplimiento a la consideración de las observaciones en un plazo de 30 días, las infracciones tendrían que ser sancionadas en el marco de la Ley General de Higiene. “Las inspecciones son la clara muestra del incumplimiento de los empleadores a los derechos de seguridad industrial y laborales, en varios rubros, como el caso de las empresas de recojo de basura, entre otras”, dijo Montellano. De acuerdo con el reporte del caso, sólo 40 mil empresas se encuentran registradas, de los cuales más del 50 por ciento están establecidas en la ciudad de El Alto. El resto “son irregulares, sin número determinado, y operan como compañías que no tienen ni letreros y en condiciones reprochables”.
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Sabado, 18 de Mayo de 2013

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